RESOLUCION Nº   104 / 06

 

                                                               Santiago del Estero,05 de Abril de 2006

 

 

VISTO:  En cumplimiento del  articulo Nº 32  y Nº 35 de la Ley 6160 y su reglamentación, la Resolución Nº 26/96 del Servicio Provincial de Enseñanza privada y sus modificatorias;

 

CONSIDERANDO:

                    Que es el propósito de este organismo acompañar y orientar a los establecimientos educativos de gestión privada para una correcta liquidación de los haberes y contribuciones que por ley se encuentran obligados a realizar,

 

Que es necesario  implementar nuevos circuitos de seguimiento y control de la liquidación practicada a cada uno de los docentes dependientes de las entidades propietarias de las instituciones educativas privadas,

 

Que es preciso determinar supervisiones contables que abarcarán a la totalidad de los establecimientos incorporados a la enseñanza oficial,

 

Que asimismo es pertinente agilizar el circuito administrativo del control de las rendiciones de cuentas para dar cumplimiento a los dispuesto mediante Resolución Nº 297/05, que establece los plazos de presentación de las mismas fijando en treinta días a partir de recibido el aporte para los colegios de todo el ámbito de la provincia y en artículo 2º pauta la causal de no entrega de la Contribución Estatal por incumplimiento del mismo.

 

Que es menester la normalización de los fondos devueltos, estableciendo mecanismos que transparenten, agilicen y economicen tiempos y tareas, brindando una eficaz respuesta a las necesidades presupuestarias de los colegios de gestión privada, ante la eventualidad de que la Contribución mensual recibida sea insuficiente para satisfacer la demanda del período,

 

Que se impone fijar un marco temporal para la utilización de los fondos excedentes que se generaren del aporte recibido, en cargos aprobados pedagógicamente a fin de garantizar la calidad educativa sin perjuicio de las obligaciones establecidas por la legislación vigente en relación a la utilización de los mismos.

 

Atento a ello;

 La Directora General del Servicio Provincial de Enseñanza Privada, en uso de sus facultades

 

R E S U E L V E

 

Art. 1º.- Establecer que el plazo para la presentación de la Declaraciones Juradas mensuales de la aplicación de los fondos recibidos en concepto de Contribución Estatal a la enseñanza privada se mantiene en los treinta días de recibido el aporte.

 

Art.2º.-Otorgar la Contribución mensual a las entidades propietarias que cumplimenten conjuntamente con:

a) presentación de  la Rendición de Cuenta del período inmediato anterior.

b) la aprobación de las Rendiciones de Cuentas que correspondan a los 2 (dos) períodos anteriores al citado en el inciso a.

c) tener presentado y aprobado el Balance Semestral indicado en el Anexo II.

Art.3º.- Determinar los requisitos para la presentación y el control de las Rendiciones  de Cuentas, que serán los siguientes:

 

·         Toda Rendición de Cuentas será presentada por la Mesa de Entrada del Organismo.

·         Deberán estar conformadas de acuerdo al anexo 1 que forma parte de la presente.

 

Art.4º.- Instruir a partir del Ejercicio anual presupuestario 2006, que  los excedentes mensuales de la contribución estatal sean reintegrados el día 31 de Julio  a la cuenta corriente bancaria que se determina en el anexo II, por el período de Enero a Junio, incluido el 1º S.A.C.  y el 31 de marzo por el período comprendido entre Julio a Diciembre, incluido el 2º S.A.C., sin perjuicio de la aplicación del mismo conforme a lo dispuesto en dicho anexo.

 

Art.5º.- Establecer que la presentación de las solicitudes de reintegros de fondos del presente ejercicio, de los  períodos determinados en el artículo 4º, se realizarán conforme a lo establecido por el anexo II,  una vez presentado y aprobado el Balance semestral mencionado.

 

Art.6 º.- Comuníquese, notifíquese a los Representantes Legales de las Instituciones Educativas que reciben aporte del estado, tomen nota las oficinas respectivas, cumplido archívese.

 

Dra. Mariela NASSIF

Directora Gral. del SPEP